
Se trata de un documento legal que permite anticiparte a escenarios donde ya no puedes ejercer tu voluntad
La mayoría de las personas solemos estar convencidas de que podremos tomar nuestras propias decisiones hasta el final de nuestros días, sin considerar que la vida es impredecible. Muchas pueden ser las causas que limiten nuestra capacidad para gestionar nuestra voluntad, por ejemplo, alguna enfermedad degenerativa como Alzheimer o demencia, por lo que muchas veces conviene anticiparse a dichos escenarios.
En el mundo, diversas legislaciones permiten a las personas prevenir situaciones de vulnerabilidad. Por ejemplo, en España existe el poder preventivo: una figura notarial que el interesado firma mientras aún tiene plena conciencia. Mediante esta designa a una persona de confianza para gestionar sus asuntos cuando ya no pueda hacerlo por sí mismo. En México existe una herramienta similar: la designación anticipada de apoyos.
¿Qué es la designación anticipada de apoyos?
La designación anticipada de apoyos es un documento que se firma ante un notario. Mediante este, una persona designa a otra que le asista en el futuro. Además, delicita el alcance de este apoyo, su duración y las directrices que esta persona deberá seguir.
Este procedimiento actúa como un "seguro". Mediante esta figura, se previenen disputas sobre el patrimonio y voluntad del interesado. También elimina las conjeturas sobre quién debe gestionarlo. La persona designada estará obligada a actuar basándose en los valores y deseos del interesado.
Al firmar una designación anticipada de apoyos, el interesado asegura que su voluntad, expresada previamente y con todas las formalidades legales, prevalezca cuando haya perdido su capacidad de decidir. Cabe señalar, sin embargo, que esta figura solo se encuentra establecida en los artículos 24-A al 24-C del Código Civil para la Ciudad de México.
Los apoyos extraordinarios: Cuando la prevención ya no es posible
No siempre es posible anticipar el futuro. Para casos donde la voluntad de una persona es imposible de conocer por cualquier medio, existen los apoyos extraordinarios, un mecanismo establecido en los artículos 445 a 455 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
A diferencia de la designación anticipada, este es un procedimiento que requiere la intervención directa de la autoridad jurisdiccional. Su función es garantizar que, a falta de una planeación previa, los derechos del individuo no queden en un vacío legal.
Dicho esquema exige que la autoridad monitoree al apoyo designado de forma continua para asegurar que se está interpretando correctamente la voluntad de la persona. Este mecanismo está diseñado para proteger los intereses del interesado cuando ya no tiene control sobre sus decisiones.
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