Spotify se salva pero Netflix no: avanza en Senado iniciativa para que plataformas tengan el 30% de producción hecha en México

Steve Saldaña

Editor Senior

Periodista de tecnología y ciencia. Escribo y analizo la industria de plataformas tech en México y soy fan de la ética tecnológica. También soy miembro de la Red Mexicana de Periodistas de Ciencia. Hago locución comercial, produzco podcast y soy presentador del podcast semanal ROM. LinkedIn

Lo platicamos hace seis meses: en el Senado comenzó a rondar una iniciativa sobre impuestos a plataformas tecnológicas que además preveía que sitios de streaming tuvieran al menos el 30% de su producción hecha en México.

La iniciativa proviene del líder de la bancada de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, y es ahora la comisión de Hacienda y Crédito Público la ha revisado y le ha dado el visto bueno. Han decidido omitir el tema de impuestos (pues el asunto se resolvió en el mes de noviembre) y han coincidido en que, en palabras del ahora dictamen, plataformas de streaming deben abonar a la identidad nacional, pues en México el consumo de video en streaming va a la alza.

Spotify a salvo

Además de prescindir del tema de impuestos, se adecuó que plataformas de audio no estarán contempladas. En el dictamen se explica que el motivo para eliminar a Spotify y compañía del modelo que les obligaría a tener un 30% de su catálogo por producción nacional es que el modelo de negocio es distinto. La Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas A.C. (AMPROFON) explicó al Senado que las plataformas de streaming de audio no tienen producciones propias "ni invierten en contenidos".

"Dichas plataformas son meras distribuidoras que operan bajo un esquema libre, que permite que todos los contenidos musicales nacionales y extranjeros se encuentren disponibles sin discriminación o selección alguna y que cuentan con millones de canciones que representan prácticamente todo el catálogo de grabaciones de México y el mundo".

AMPROFON

El detalle es interesante porque el Senado comienza a distinguir entre los modelos de distribución y producción de contenidos, aunque cuando se trata de plataformas de video parece dar por sentado que sitios producen todo lo que hay en su catálogo, puesto que la obligación a Netflix y compañía no distingue que el 30% de producción nacional debe ser de lo producido, sino de todo lo disponible en plataforma. A la letra, la nueva propuesta que se traduciría en artículo en la Ley Federal de Telecomunicaciones dice:

Los autorizados para prestar servicios de televisión restringida a través de plataformas de Internet, deberán garantizar que al menos el treinta por ciento de su catálogo esté conformado con producción nacional generada en México.

La propuesta aún debe pasar por todo el Senado para su aprobación. Si es aprobada, Netflix, Prime Video, HBO Go, Fox Play, entre otras, deberán cumplir con un 20% de producción nacional en un máximo de cuatro meses; tendrán hasta 12 meses para alcanzar la cuota del 30%.

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Las deficiencias

Para Red por la Defensa de los Derechos Digitales (R3D), la propuesta tiene el inconveniente de que define de manera muy deficiente lo que son las plataformas de internet. A través de un comunicado la organización expuso que, como está escrito el dictamen, no solo incluirá a Netflix y grandes plataformas de streaming, sino también a proveedores de video pequeños, sin fines de lucro o emergentes. Es necesario, explican, que en caso de aprobar el documento, se hagan adecuaciones para dejar en claro que las obligaciones correspondan a plataformas con cierto número de suscriptores o a partir de un determinado monto de ingresos.

La propuesta aún debe pasar por todo el Senado para su aprobación

El documento también establece que las plataformas de streaming tendrían que pedir un permiso al Instituto Federal de Telecomunicaciones. Es por este punto que Red por la Defensa de los Derechos Digitales interpreta que plataformas de streaming estarán obligados a retransmitir señales de televisión abierta, no obstante, en el artículo 164 de la Ley Federal de Telecomunicaciones se establece que la obligación de retransmitir televisión abierta aplica para concesionarios de televisión restringida, y como se determina en el nuevo dictamen, la autorización que daría el IFT a plataformas no equivale a una concesión.

Finalmente, R3D recomienda que toda la iniciativa debe eliminarse, pero de no hacerse, se considere eliminar el requisito de contenido nacional y más bien se contemplen medidas de fomento a la producción local, como realizar contribuciones económicas a fondos de fomento a la producción audiovisual en México. En el peor de los casos, si es inevitable incluir el tema de requisito de contenido nacional, R3D recomienda que la obligación corresponda al tamaño de la plataforma en cuestión, siempre teniendo en cuenta el número de suscriptores y los ingresos que se obtienen en México.

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