En 2022 se implementó el Régimen Simplificado de Confianza, con el objetivo de facilitar el pago de impuestos de personas físicas que tributan bajo ciertas condiciones, además de aumentar la base de contribuyentes, al ofrecer tasas reducidas para el pago del impuesto sobre la renta a personas informales y pequeños tributarios.
Los miembros de RESICO deben pagar, únicamente, una tasa de entre el 1% y el 2% sobre los ingresos facturados: una carga impositiva notablemente más baja que, por ejemplo, el régimen de Actividades Empresariales y Profesionales. Eso sí, a cambio, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto.
¿Quiénes forman parte de RESICO?
De acuerdo con información del SAT, pueden formar parte de este régimen las personas con actividades empresariales o profesionales, que perciban ingresos por arrendamiento, así como productores agrícolas, ganaderos, pesqueros y silvícolas. Sin embargo hay una condición: que sus ingresos anuales no sean mayores a los 3.5 millones pesos.
La dependencia advierte, que no pueden formar parte de este régimen las siguientes personas:
- Socios o accionistas de personas físicas o morales, o partes relacionadas.
- Personas residentes en el extranjero, con uno o varios establecimientos permanentes en el país.
- Cuando apliquen conjuntamente tratamientos fiscales que otorguen estímulos.
- Si tienen ingresos sujetos a Regímenes Fiscales Preferentes.
- Aquellos que incumplen con alguna de las obligaciones fiscales.
- Personas que perciben ingresos por supuestos que se asimilan a salarios como honorarios a miembros de consejo, directivos, de vigilancia, consultivos, a administradores comisarios y gerentes generales.
El sitio especializado Facturama añade que tampoco pueden formar parte de RESICO (o ser "expulsadas" del mismo) las personas que omitan tres o más pagos mensuales, ya sean o no consecutivos, o aquellas que no presenten su declaración anual.
¿Los miembros de RESICO deben presentar su declaración anual?
Como señala el artículo 150 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, todas las personas físicas que hayan obtenido ingresos en un año están obligadas a presentar su declaración anual y pagar el impuesto correspondiente. Sin embargo, de acuerdo con el SAT, las personas incorporadas a RESICO quedan relevadas de cumplir con esta obligación y solo declarar de forma mensual.
Por supuesto hay excepciones, pues si estos contribuyentes perciben otros ingresos, estarán obligadas a pagar el impuesto anual. Estas son quienes reciban un sueldo anual mayor a 400,000 pesos, o perciban intereses reales mayores a 100,000 pesos anuales o si reciben pensiones de más de un empleador (por ejemplo IMSS o ISSSTE). Recuerda que las personas físicas deberán presentar tu declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal del 2025 a partir del 1 de abril.
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