México cambiará las actas de nacimiento tras fallo de la Suprema Corte para proteger datos personales y evitar discriminación.
Las actas de nacimiento en México tendrán un cambio importante. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las copias certificadas ya no deberán mostrar información relacionada con el estado civil de las personas, como anotaciones de matrimonio o divorcio. La decisión busca reforzar la privacidad y evitar actos de discriminación derivados de esos datos personales.
La resolución deriva del Amparo en Revisión 468/2024. El caso comenzó cuando un ciudadano de Jalisco solicitó que se eliminaran de su acta de nacimiento los sellos y anotaciones vinculados a su matrimonio y posterior divorcio. El Registro Civil rechazó la petición, pero el asunto llegó hasta la Primera Sala de la Corte.
La SCJN concluyó que exhibir esa información en copias certificadas vulnera derechos relacionados con la protección de datos personales, la igualdad y la no discriminación. Además, el Pleno emitió una declaratoria general de inconstitucionalidad luego de que el Congreso de Jalisco no adecuara la legislación correspondiente dentro del plazo constitucional.
Qué cambia en las nuevas actas de nacimiento
Con esta resolución, las nuevas copias certificadas del acta de nacimiento ya no deberán incluir:
- El estado civil de la persona.
- Notas o anotaciones relacionadas con matrimonio.
- Referencias a divorcios.
La Corte también estableció que ninguna autoridad del Registro Civil podrá negar la expedición de copias sin esos datos visibles. Según el fallo, el objetivo es garantizar el derecho a la privacidad y evitar posibles actos discriminatorios derivados de la divulgación del historial civil de las personas.
El cambio se suma a otros criterios recientes impulsados por la Suprema Corte relacionados con identidad y derechos civiles. Por ejemplo, en marzo de 2026, la SCJN declaró inconstitucional que menores de edad en Guerrero no pudieran modificar su identidad de género en documentos oficiales, de acuerdo con información de El Imparcial.
En esa resolución, la Corte ordenó crear un procedimiento “ágil, adecuado y confidencial” para que niñas, niños y adolescentes puedan rectificar su identidad de género en documentos oficiales.
La SCJN ya había cuestionado anotaciones marginales en actas
Incluso antes de esta nueva resolución, la propia Suprema Corte ya había emitido criterios contra mecanismos que expusieran cambios relacionados con identidad o estado civil en documentos oficiales.
En un comunicado publicado el 9 de abril de 2026, la corte informó sobre un fallo relacionado con Aguascalientes, donde determinó que los procedimientos de adecuación de identidad de género no deben incluir anotaciones marginales visibles en documentos oficiales ni exigir procesos judiciales innecesarios.
Según el máximo tribunal, estos procedimientos deben ser administrativos, confidenciales y basarse únicamente en la autodeterminación de las personas, siguiendo estándares de derechos humanos y criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Actualmente, el acta de nacimiento certificada puede tramitarse desde internet mediante el portal oficial del gobierno federal. Para hacerlo se necesita la CURP o datos personales básicos y una cuenta de Llave MX. El trámite puede realizarse desde el portal oficial del Gobierno de México: Acta de Nacimiento en línea.
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