
En México, para disponer de la totalidad de dinero en su cuenta de AFORE, los trabajadores deben haber cumplido por lo menos 60 años. Pero eso no es todo, ya que también tendrán que contar con el mínimo de semana cotizadas dependiendo del régimen de pensiones al que pertenece.
Y es que actualmente existen dos: el Régimen 73 y el Régimen 97, cada uno con sus propias condiciones y requisitos. A continuación te contamos a detalle los requisitos y la forma en la que podrás disponer de tus recursos. Además, te contaremos sobre los retiros parciales, en qué consisten y cómo puede realizarlos.
De acuerdo con InverCAp, para las personas que cotizan en el Instituto Mexicano del Seguro Social, existen dos edades mínimas para iniciar el trámite de pensión, cada una pertenece a una modalidad diferente:
- Cesantía en Edad Avanzada: A partir de los 60 años, siempre que el trabajador se quede desempleado o deje de cotizar.
- Vejez: A partir de los 65 años, cuando el trabajador alcanza la edad legal de jubilación.
Diferencias entre Ley 73 y Ley 97
El número de semanas cotizadas para retirar el dinero de la AFORE depende del régimen bajo el cual se haya cotizado. En el caso de la llamada Ley 73, el mínimo son 500 semanas cotizadas. Sin embargo, según la Ley 97, existe un incremento progresivo.
En 2026, los trabajadores tendrán que acreditar un mínimo de 875 horas cotizadas antes de iniciar el trámite para solicitar la pensión. Esta ley aplica a las personas que comenzaron a cotizar después del 1 de julio de 1997. Los siguientes años hasta 20031 habrá un aumento de 25 semanas hasta alcanzar las 1,000 semanas.
¿Cómo retirar ahorros bajo el Régimen 73?
- Solicitud ante el IMSS: Acudir presencialmente a la Subdelegación del IMSS correspondiente para realizar la Solicitud de Pensión.
- Espera de respuesta: Una vez que el instituto emita su dictamen y se conozca la modalidad de retiro asignada, presentarse en las oficinas de la AFORE.
- Inicio de trámite: Entregar los documentos y rellenar la solicitud de disposición de recursos.
- Dispersión del capital: En un plazo no mayor a seis días hábiles, se podrá disponer de los recursos en efectivo correspondientes.
¿Cómo retirar tus ahorros bajo el Régimen 97?
- Acudir a la clínica del IMSS correspondiente y presentar la solicitud de pensión.
- En la modalidad de Renta Vitalicia, elegir entre las opciones de aseguradoras disponibles y acudir para activar los pagos vitalicios.
- En la modalidades de Retiro Programado o Pensión Garantizada, presentarse directamente en las oficinas de la Afore para dar inicio a la dispersión de las mensualidades.
En ambos casos deberás presentar los siguientes documentos:
- Identificación oficial vigente.
- Estado de Cuenta de la AFORE.
- Estado de cuenta bancario que contenga nombre y CLABE a 18 dígitos.
- Expediente de Identificación de Trabajador actualizado.
Retiros parciales: ¿Cómo retirar dinero antes de la edad de jubilación?
Existen escenarios extraordinarios mediante los cuales los trabajadores podrán disponer de una fracción de sus ahorros antes de los 60 años: en caso de desempleo y en caso de matrimonio. Los siguientes son los requisitos que los interesados deberán cumplir para acceder a estos beneficios:
Retiro Parcial por Desempleo
- Tener un mínimo de 46 días naturales en situación de desempleo desde la baja formal ante el IMSS.
- Tener una cuenta individual con al menos 3 años de apertura y un mínimo de 2 años de cotización acumulada.
- No haber ejercido este derecho específico durante los 5 años anteriores.
Retiro Parcial por Matrimonio
A diferencia del esquema de desempleo, el retiro por matrimonio se puede solicitar una sola vez en la vida y equivale a 30 días de UMA vigente. Esta modalidad no descuenta semanas cotizadas del historial laboral. Para retirar el dinero se requieren:
- Un mínimo de 150 semanas cotizadas bajo la Ley 97.
- Que el matrimonio civil se haya celebrado formalmente de manera posterior al 1 de julio de 1997.
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