Una espectacular foto de Chichén Itzá nos demuestra el problema de la regulación de uso de drones en México

MartinPixel

Editor Senior

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En inicios de la semana apareció una espectacular fotografía de Chichén Itzá realizada con un dron, provocando muchos comentarios respecto a los problemas legales que podría tener el autor por la imagen. César Mendiburu fue el encargado de la fotografía, comentó que se despertó a las 5 a.m. para capturar la imagen antes de que abrieran la zona, estando seguro que conocía los reglamentos donde no existen leyes sobre el uso de drones en áreas federales.

Verne logró contactar a autoridades del Gobierno Federal para saber cuál era su postura antes las imágenes y ellos confirmaron que el autor siguió al pie de la letra los lineamientos de uso de drones en México. Pero sí violó algunos reglamentos sobre el aprovechamiento de los bienes de la nación.

Se requiere una autorización y un pago para usar un equipo especial

Chichén Itzá al ser un templo maya, se convierte en propiedad de la nación, es por ello que entra en la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. El primer problema en la fotografía es que la realizó en un horario que no estaba abierto al público, comparándolo como entrar a un museo de madrugada. En ese caso lo correcto era pedir autorización de manera directa.

Otro problema es que las cámaras profesionales como los drones se consideran como equipos especiales y para poder usarlos tendrán que pagar por las imágenes. La Ley Federal de Derechos indica en el artículo 288 que por realizar alguna filmación se tendrá que pagar 10 mil 227 pesos por día, mientras en el caso de las fotografías el costo será de 5 mil 113 pesos.

Pero Román Ramírez Montalvo, director de Ingeniería, Normas y Certificación de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) le mencionó al medio que el fotógrafo sí respeto los lineamientos de seguridad. Ya que al tratarse de un uso creativo cuando no hay gente, se pueden tomar ese tipo de fotografías sin la necesidad de una autorización previa.

José Arturo Chab, jefe de trámites y servicios legales del Centro Yucatán del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) señala que no tienen contemplado sancionar al autor por la imagen, pero que sí tienen la autoridad para pedir una comparecencia donde se pueda multar o amonestar al implicado.

En México existe una circular obligatoria en la que se establecen los requerimientos para operar un sistema de aeronave pilotada a distancia en el espacio aéreo, el único detalle es que ya ha sido revisada cuatro veces anteriormente y actualmente se encuentra en una nueva revisión. El problema para ellos es que la evolución de la tecnología en los dispositivos avanza tan rápido, encontrándose obligados a mantener las actualizaciones necesarias.

Imagen | El Guadarramista

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