Vender criptomonedas como bitcoin debe declararse ante el SAT y hasta genera ISR del 20% para algunos casos en México, según PRODECON

Criptomoneda
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Un nuevo estudio preliminar elaborado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugiere que a ciertas operaciones de venta de criptomonedas se les aplique un Impuesto sobre la Renta (ISR) del 20% sobre el monto total de la transacción, específicamente a aquellas que sobrepasen el límite marcado en el Código Fiscal de la Federación.

En el documento de la Prodecon se menciona que al no existir una categoría específica para catalogar los impuestos que se deben asignar a las criptomonedas, estas entrarían en el régimen fiscal de enajenación de bienes, al considerarse ingresos derivados de la compraventa de activos virtuales.

Esto significa que por tratarse de bienes diversos a los inmuebles, el pago del ISR sería por el monto que resulte al aplicar la tasa de 20% por el monto total de la operación, mismo que tendría que ser retenido por el adquiriente, es decir el comprador.

SAT solo obliga a pagar impuestos, si pasas de este límite

La Prodecon señala que la retención de impuestos y pagos provisionales solamente aplicaría cuando el monto de la operación sea mayor a 227,400 pesos, de lo contrario los contribuyentes se liberan de la obligación.

Además para este tipo de situaciones, la Procuraduría menciona que es necesario expedir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), pues la legislación tributaria establece que se debe emitir en todos los supuestos de enajenación de bienes, acción que tiene que realizar el comprador.

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También la Prodecon considera que todos los movimientos en la venta de criptomonedas, se deberían declarar ante el SAT y pagar los impuestos correspondientes, incluso cuando el dinero se mantenga dentro de la plataforma digital de intercambio de monedas virtuales y no se haya transferido la ganancia a la cuenta bancaria.

En México no se reconocen, pero los usuarios si las compran

Además en un estudio elaborado por Finder, señalan que por lo menos el 12% de la población en México es poseedora de criptomonedas, lo que ubica a la nación como la novena con mayor tasa de posesión de estos instrumentos en el mundo.

A pesar de que las criptomonedas no están autorizadas para su uso como moneda de cambio en México, al no cumplir con las funciones de la definición clásica de dinero, sí son instrumentos con los que se pueden realizar transacciones comerciales.

Este documento no vuelve oficial la medida, sino que es únicamente la postura de la Procuraduría, pues al México no tener una regulación específicamente enfocada en criptomonedas, esta dependencia considera es la forma en que se pueden clasificar y considerar dentro de  la reglamentación que actualmente en nuestro país.

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