El gobierno de Claudia Sheinbaum publicó este 29 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto con una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Se trata de un nuevo marco legal que endurece el control estatal sobre armas, explosivos, sustancias químicas y tecnologías emergentes utilizadas con fines bélicos o delictivos.
Uno de los puntos más destacados del decreto es la prohibición expresa de fabricar o portar armas creadas mediante impresoras 3D, así como aditamentos hechos con técnicas artesanales o aditivas que conviertan armas semiautomáticas en automáticas. "Se prohíbe la posesión, transportación, uso o fabricación de instrumentos, incluidos los de manufactura tridimensional", detalla uno de los artículos del decreto publicado en el DOF.
Además, se castiga con hasta ocho años de prisión a quienes empleen o distribuyan diseños, software o maquinaria para fabricar armas con esas tecnologías. El uso ilícito de equipos como miras térmicas, láseres o visores nocturnos también está expresamente prohibido.
Vehículos blindados civiles adaptados para armas: ahora con cárcel
El decreto también apunta a frenar el uso de vehículos modificados para fines bélicos, una práctica común entre grupos criminales en México. "A la persona que haga uso de los vehículos blindados [...] se le impondrá una pena de cinco a quince años de prisión", se establece en otro artículo. Incluso la fabricación o ensamblaje de estos vehículos, ya sea de forma profesional o artesanal, será castigada con hasta 10 años de cárcel.

Las reformas no sólo prohíben, sino que también endurecen las penas. A quienes participen en el tráfico ilegal de armas, municiones o explosivos, incluso si se trata de partes o componentes, se les puede imponer hasta 30 años de prisión y multas de hasta 2,000 veces el valor diario de la UMA. También hay castigos para funcionarios que tengan la obligación de impedir el ingreso de armas y no lo hagan. Estos serán destituidos e inhabilitados del servicio público.
Licencias, permisos, campañas y hasta las colecciones de armas bajo control de la Sedena
Según el decreto, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) queda como autoridad única encargada del control total de armas en el país. Esto incluye el Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, la expedición de licencias, y la fiscalización de todo lo relacionado con armamento.
Sedena también podrá autorizar, bajo justificación y con reciprocidad, la portación temporal de armas a servidores públicos extranjeros que participen en revisiones migratorias o aduaneras en puntos internacionales. Incluso las colecciones y museos de armas deberán contar con autorización de la Sedena, especialmente si albergan armamento reservado para la Fuerza Armada Permanente.
Además del control armamentista, el nuevo marco legal obliga a todos los niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) a llevar a cabo campañas permanentes para promover la cultura de paz y el desarme. Estas campañas deben incluir información sobre explosivos, pirotecnia y los riesgos asociados a su manipulación, según el documento oficial.

El Senado lo aprobó por unanimidad: más de 100 artículos reformados
Esta reforma ya tenía un antecedente. El pasado 30 de abril, el Senado aprobó por unanimidad un dictamen que reformó más de 100 artículos de la ley vigente. "No se busca criminalizar a quienes poseen armas conforme a derecho, sino cerrar los espacios de impunidad para quienes fortalecen las cadenas de violencia", señaló Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, según un comunicado del Senado del pasado 30 de abril.
Entre otros puntos, ese dictamen también incorporó nuevas reglas para el uso de armas entre ejidatarios, deportistas de tiro y cazadores, así como la reorganización de competencias entre autoridades locales y federales para mejorar la coordinación.
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