El Senado aprobó una reforma que llegó al debate público con un nombre polémico: “ley antimemes”. Sin embargo, el texto no establece una prohibición general de las publicaciones humorísticas. La controversia está en un nuevo delito relacionado con el uso de la identidad gráfica gubernamental y los riesgos que la oposición atribuye a su redacción.
Según el comunicado del Senado, publicado el 30 de septiembre, el proyecto obtuvo 72 votos a favor y 34 en contra en lo general. Las modificaciones a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal fueron remitidas a la Cámara de Diputados: la aprobación del Senado todavía no significa que estén vigentes.
Qué dice realmente el artículo que encendió la polémica
El punto central es el artículo 403 Bis. El dictamen de las comisiones de Justicia, Economía y Estudios Legislativos Primera, en su página 95, propone de uno a cinco años de prisión y multas de 1,000 a 10,000 UMA. La sanción correspondería a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno.
Pero el artículo incorpora condiciones adicionales: debe buscarse engañar sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma o servicio, con la intención de cometer un ilícito. Usar un logotipo gubernamental, por sí solo, no reúne todos los elementos descritos. La pena tampoco es de hasta siete años, como apareció en versiones previas del debate. Otro comunicado del Senado del 23 de septiembre documenta la adecuación del artículo, mientras que el dictamen adjunto recoge el rango de uno a cinco años.
Por qué la oposición habla de censura
La discusión no termina con que el texto evite mencionar memes. Según el reporte de El Universal, legisladores del PAN, PRI y MC cuestionaron que no incluya excepciones expresas para parodia, sátira, caricatura política o trabajo periodístico. Manuel Añorve, del PRI, planteó quién determinaría cuándo una parodia se convierte en un intento de engaño. Alejandra Barrales, de MC, advirtió riesgos para la crítica difundida en redes sociales.
El oficialismo sostuvo una interpretación distinta. En otro comunicado del Senado, Higinio Martínez afirmó que la reforma no censura la sátira y que los memes podrán continuar circulando. Verificado, por su parte, concluyó que el artículo apunta a la suplantación de identidad oficial con fines ilícitos, no a castigar representaciones humorísticas de funcionarios.
Así, llamar al proyecto “ley antimemes” puede sugerir una prohibición que el articulado no contiene. Las advertencias sobre posibles aplicaciones arbitrarias son cuestionamientos a su alcance, no una sanción explícita contra el humor.
La reforma también alcanza piratería y filtraciones
El paquete busca actualizar la protección de propiedad intelectual y armonizarla con compromisos como el T-MEC, según el Senado.
Entre sus cambios contempla de cuatro a diez años de prisión por distribuir sin autorización obras, películas o libros antes de su lanzamiento oficial, además de nuevas sanciones por comercializar mercancía con marcas falsificadas. También sustituye el criterio de ánimo de lucro por escala comercial. El artículo 406 Ter incluye beneficios económicos, ventajas competitivas y daños significativos a la posición de mercado del titular, incluso sin ganancias directas.
Como ya explicamos en Xataka México, existe otra iniciativa sobre responsabilidad de proveedores de internet y retirada de contenidos por derechos de autor. Es una propuesta distinta de este dictamen. Su antecedente está en las reformas de 2020 vinculadas al T-MEC, documentadas por el Instituto Max Planck. Confundir ambos proyectos mezcla dos debates diferentes: la suplantación de instituciones públicas y los incentivos para que las plataformas retiren publicaciones reclamadas.
Imagen de portada | Pexels
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