México no quiere prohibir los memes, pero una nueva reforma podría hacer que desaparezcan más rápido de internet

La reforma propuesta por Claudia Sheinbaum aumenta las consecuencias para las plataformas que mantengan contenido presuntamente infractor.

México quiere multar a las plataformas que no retiren contenido con copyright: memes y parodias podrían quedar en medio
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Obed Nares

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Me apasionan las palabras, la creatividad, el entretenimiento, la tecnología y la innovación. Soy mexicano, periodista, escritor, artista y disque filósofo.

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México prepara una reforma para responsabilizar a los proveedores de servicios de internet por las infracciones de derechos de autor cometidas por sus usuarios. La propuesta contempla multas de hasta 40,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a aproximadamente 4.6 millones de pesos, según un reporte de Excélsior.

Esto no significa que los memes o las parodias vayan a quedar prohibidos. La iniciativa, enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum, no utiliza la palabra “meme”, tampoco regula específicamente el contenido creado con inteligencia artificial. El riesgo está en otro punto, que las nuevas sanciones podrían incentivar que las plataformas eliminen rápidamente cualquier publicación reclamada, incluso cuando su uso pueda ser legítimo.

La obligación de retirar contenido ya existe

La Ley Federal del Derecho de Autor ya incluye desde 2020 un mecanismo de aviso y retirada. Su artículo 114 Octies establece que los servicios en línea deben remover, eliminar o inhabilitar “de manera expedita y eficaz” contenidos alojados en sus sistemas cuando reciban un aviso del titular de los derechos o una resolución de una autoridad competente.

Este régimen, conocido como “puerto seguro”, permite que las plataformas no sean responsables por lo publicado por sus usuarios, siempre que cumplan ciertas condiciones. Entre ellas se encuentran retirar el material reclamado, contar con políticas contra infractores reincidentes y no interferir con tecnologías utilizadas para identificar obras protegidas.

Un informe del Instituto Max Planck explica que estas disposiciones fueron incorporadas en 2020 como parte de las reformas relacionadas con la entrada en vigor del T-MEC. La nueva iniciativa no inventa, por tanto, el procedimiento de retirada, sino que busca endurecer las consecuencias para quienes no lo cumplan.

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Multas de hasta 4.6 millones de pesos

La propuesta crea el artículo 114 Nonies. Este señala que un proveedor será responsable de las infracciones cometidas por sus usuarios cuando incumpla el régimen de puerto seguro y, además, contribuya, induzca o cause la conducta teniendo conocimiento de ella. También podría ser responsable si tiene capacidad para controlar al usuario infractor y obtiene un beneficio financiero directamente atribuible a la actividad.

El nuevo artículo 232 Septies establece que, en esos supuestos, el proveedor podrá recibir las mismas sanciones que el infractor directo. Las multas irían de 5,000 a 40,000 UMA para determinadas conductas, de 1,000 a 5,000 UMA por retransmisiones sin autorización y de 500 a 1,000 UMA para otras infracciones comerciales. También se contemplan multas adicionales para quienes persistan en la conducta.

De acuerdo con el Senado, la iniciativa fue turnada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados. Su justificación es armonizar la legislación mexicana con el T-MEC y cerrar espacios de impunidad en el entorno digital.

El problema para memes y parodias

La reforma no dice que todos los contenidos que utilicen imágenes, música, películas o voces deban desaparecer automáticamente. Tampoco establece que utilizar inteligencia artificial convierta una publicación en ilegal.

Sin embargo, muchos memes y parodias dependen de modificar o reutilizar obras protegidas. El artículo 148 de la ley contempla excepciones para citas, crítica, investigación, acontecimientos de actualidad y ciertos usos sin fines de lucro, pero no contiene una excepción general y expresa para cualquier parodia.

La legislación sí reconoce determinados usos con fines de parodia, sátira o imitación creativa cuando se trata de la imagen o voz de artistas intérpretes. Aun así, la aplicación dependerá del contenido concreto y de los derechos involucrados.

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Los usuarios pueden presentar un contraaviso cuando consideren que su publicación fue retirada por error y justificar que cuentan con autorización o que se encuentran dentro de una excepción legal. La plataforma debe restaurarla, salvo que el reclamante inicie un procedimiento dentro de los siguientes 15 días hábiles.

El problema práctico es el incentivo, ya que frente a una posible multa millonaria, una plataforma puede considerar más seguro eliminar primero y dejar la discusión para después. La reforma no prohíbe los memes, pero sí podría hacer que algunos desaparezcan mientras se determina si eran una parodia legítima o una infracción de derechos de autor.

Imagen de portada | Pexels

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