Por COVID-19, ya hay declaratoria de emergencia sanitaria en México: suspensión de actividades se extiende al 30 de abril

Por COVID-19, ya hay declaratoria de emergencia sanitaria en México: suspensión de actividades se extiende al 30 de abril
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Steve Saldaña

Editor Senior

Periodista de tecnología y ciencia. Escribo y analizo la industria de plataformas tech en México y soy fan de la ética tecnológica. También soy miembro de la Red Mexicana de Periodistas de Ciencia. Hago locución comercial, produzco podcast y soy presentador del podcast semanal ROM. LinkedIn

Nuevas medidas han sido anunciadas a nivel nacional para enfrentar al COVID-19. El anuncio se anticipó en la conferencia matutina de este 30 de marzo, y se dijo que en la conferencia vespertina se harían públicas, luego de una reunión entre el Consejo de Salubridad y el presidente de México, López Obrador.

Pero las medidas no vienen solas. Para hacerlas efectivas, se ha declarado que México entra en emergencia sanitaria, por causa de fuerza mayor. El canciller, Marcelo Ebrard, precisó que de esta forma, todas las secretarías deberán colaborar para apoyar las nuevas medidas aprobadas el día de hoy.

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En la conferencia, el subsecretario de prevención y promoción de la salud, Hugo López-Gatell, comenzó diciendo que el punto de inflexión en los contagios comienza a notarse. Los efectos más notables estarán en la fase tres, pero este es el momento de aprovechar las medidas de mitigación y hacer que la fase tres sea menos contundente.

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Son en total siete nuevas medidas, que serán publicadas. Antes de hacerlo, se han anticipado en la conferencia, y son las siguientes:

Primera medida. Se suspenden, de forma inmediata y hasta el 30 de abril, actividades no esenciales en los sectores público, social y privado. Las actividades esenciales no se detendrán, y para clarificar, López-Gatell enunció las cuatro categorías de actividades que se considerarán como esenciales: 1. las que son necesarias para atender la emergencia sanitaria 2. las involucradas en la seguridad pública 3. las necesarias para la actividad económica del país 4. las que tienen que ver con la operación de los programas sociales de gobierno; infraestructura y mantenimiento de servicios básicos esenciales.

El secretario de educación, Moctezuma Barragán, ha confirmado que el nuevo plazo aplica para la suspensión de clases.

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Segunda medida. Evitar las congregaciones de más de 50 personas

Tercera medida. Se exhorta a la población a cumplir el mantenerse en resguardo domiciliario. La limitación de movilidad es de forma voluntaria.

Cuarta medida. Las personas de 60 años deben mantenerse en domicilio. El umbral de edad ha sido recortado. También se incluye en esta categoría aquellas personas que tienen alguna enfermedad de riesgo o han sido inmunosoprimidas.

Quinta medida. Al terminar la nueva jornada de sana distancia, es decir, luego del 30 de abril, la reincorporación a actividades será con base en lineamientos que expedirán la Secretaría de Salud y la de Economía. El objetivo es que el reingreso sea escalonado.

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Sexta medida. Todos los censos y encuestas deberán postergarse hasta nuevo aviso.

Séptima medida. Todas las anteriores deben aplicarse con apego a los derechos humanos.

Como parte de la coordinación indicada a secretarias y dependencias del Estado, ahora los centros educativos y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología deberán trabajar en conjunto, de forma inmediata, para dedicar sus actividades al análisis de la pandemia.

En la conferencia de prensa estuvieron también el secretario de salud, Jorge Alcocer, así como la secretaria de gobernación, Olga Sánchez Cordero, y el titular de la Secretaría de Defensa, Luis Cresencio Sandoval.

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