Seguridad social y derechos laborales para los repartidores de plataformas digitales. Ese es el punto central de la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que la cámara de diputados acaba de aprobar por unanimidad, y que aplica para aquellos trabajadores de servicios de transporte o de comida, como Uber, Didi o Rappi.
Esta nueva ley establece que si una persona gana el salario mínimo mensual y trabaja en una de estas plataformas, debe ser considerada como trabajador formal, y por tanto, recibir todos los beneficios de ley, entre ellos la seguridad social, utilidades, aguinaldo, vacaciones y demás prestaciones, además de derecho a sindicalizarse, independientemente del tiempo que lleve en sus labores.
Esta nueva reforma parte de la iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, que da beneficios a los conductores y repartidores, donde el siguiente paso es que pueda ser aprobada por el Senado de la República.
Algunos de los puntos clave
Si los trabajadores acumulan un mínimo de 80 horas mensuales, y un máximo de 48 horas laboradas semanales, la plataforma deberá afiliarlos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo que significa que de esta forma pueden acceder a los beneficios de seguridad social, así como atención médica, prestaciones por incapacidad, por mencionar algunos.
Gracias a esta afiliación, también estarán cubiertos en sus riesgos, incluso en accidentes y fallecimientos si estos ocurren cuando desempeñan su actividad.

Por otro lado, si un trabajador gana menos del salario mínimo mensual, se le considerará como un empleado por cuenta propia, y por tanto, no tendrá acceso a ninguno de los beneficios, excepto con protección contra accidentes de trabajo.
También se dan algunos otros detalles, como que si una persona deja de tener actividad en la plataforma por 30 días naturales consecutivos, se dará por terminada la relación laboral de forma automática, y por tanto, no habrá indemnización por parte del patrón.
La reforma evidentemente conserva el tema de la flexibilidad para que los repartidores y conductores definan el tiempo, días y cantidad de veces que desean conectarse, y ahora las aplicaciones también deberán contemplar el pago adicional por el descanso semanal, las vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y horas extras.

Eso no es todo, pues las plataformas deberán establecer el trabajo mediante un contrato que deberá estar registrado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, además de que los mecanismos de asignación de trabajo deberán de ser "transparentes, claros y conocidos" por todas las personas trabajadoras.
Algo que la reforma también plantea es que las empresas no deberán cobrar a los trabajadores por la inscripción o separación de la relación laboral, y también tienen prohibido el permitir trabajar a menores de edad o retener el dinero de los empleados, así como transferir a trabajadores que se encuentren bajo un esquema tradicional al de plataformas digitales.
El proceso de la discusión
El siguiente paso de la reforma es su discusión en el Senado, que a partir del 15 de diciembre entra en periodo de fiestas decembrinas y vuelve a laborar para el 1 de enero.
Sin embargo, se podría tener una sesión extraordinaria fuera del periodo ordinario para que se pueda aprobar la reforma antes de que termine 2024.
En caso de aprobarse, esta reforma entraría en vigor en un máximo de 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo que daría el tiempo suficiente para que las empresas puedan adaptarse al cambio.
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