Suprema Corte niega amparo a un hombre de 83 años para no ser desalojado de su departamento. Vivió allí 17 años y acumulaba 54 rentas vencidas

Un tribunal colegiado determinó que su edad, por sí sola, no bastaba para acreditar vulnerabilidad

Suprema Corte
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Luis Ángel Márquez Flores

Editor Jr
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Un hombre de 83 años llamado Raúl podría ser desalojado del departamento en Iztapalapa en el que vive desde hace 17 años. Lo anterior luego de que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazará revisar el juicio el amparo con el que buscaba evitarlo .

Con seis votos a favor y 3 en contra, la SCJN aprobó el proyecto propuesto por el ministro Arístides Guerrero García que ordena la desocupación inmediata del inmueble. La sentencia había sido dictada por un tribunal colegiado, bajo el argumento de que el adulto mayor ha incumplido con 54 meses de pago y que su edad, por sí sola, no basta para acreditar una situación de vulnerabilidad.

Los antecedentes

Según cuenta Líder Empresarial, Raúl rentaba el inmueble desde el año 2007. En octubre de 2024, la arrendadora lo demandó por acumular 54 meses de renta sin pagar, es decir, cuatro años y medio. La demandante exigía la desocupación del inmueble y el pago de rentas pendiente con un interés del 6%, así como el pago de servicios, desperfectos y gastos derivados del juicio.

El juzgado declaró rescindido el contrato de arrendamiento y ordenó a Raúl entregar el inmueble en un plazo de cinco días. El hombre impugnó la sentencia, pidiendo a los tribunales examinar las consecuencias concretas de perder su vivienda, considerando su edad y sus condiciones personales. Sin embargo fue rechazado. Tras esto, promovió un juicio de amparo para evitar el desalojó. No obstante, el Tribunal Colegiado lo rechazó en abril de 2026, fue entonces cuando intervino la SCJN, que votó por mayoría en favor del desalojo.

Scjn Ministro Arístides Rodrigo Guerrero García. Imagen | SCJN.

Piden definir los alcances de la protección judicial para adultos mayores

Los ministros Irving Espinoza Betanzo, María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa votaron en contra y propusieron analizar a fondo la controversia. Esquivel Mossa consideró que los agravios "permiten examinar una cuestión constitucional de interés excepcional, consistente en el alcance de las obligaciones judiciales para proteger a una persona adulta mayor frente al riesgo de desamparo derivado de la ejecución de una sentencia de desalojo".

Por su parte, Esspinosa Betanzo dijo que era una oportunidad para que el Máximo Tribunal se pronunciara sobre el debes de juzgar con perspectiva de envejecimiento. Ríos González añadió que esta última no debe limitarse al reconocimiento formal de su vulnerabilidad, sino traducirse en medidas efectivas que eviten que el desalojo comprometa derechos fundamentales, como el de la vivienda.

¿Qué implica juzgar con perspectiva de envejecimiento?

La Suprema Corte cuenta con un manual para juzgar casos de personas mayores. En este establece que si bien la edad no implica vulnerabilidad automática, también deben tomarse en cuenta factores como desventajas socioeconómicas, de salud o incluso de idioma. 

Por ejemplo, en casos de que se trate de un adulto mayor en condiciones de pobreza, perteneciente a algún pueblo originario o con alguna condición crónica. Además, se debe considerar también la perspectiva de género. Esto con el fin de que al persona no se encuentra en condiciones de desventaja durante su proceso. Sin embargo, este enfoque ahora está en el centro del debate, al considerarse que no siempre se traduce en medidas efectivas que garantices la protección de los derechos fundamentales de los adultos mayores.

Imagen | Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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