México quiere acabar con un problema de 17 millones de trabajadores: empezar un empleo sin haber visto su contrato

Contrato
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Luis Ángel Márquez Flores

Editor Jr
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Luis Ángel Márquez Flores

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En México, 17.1 millones de personas no poseen un contrato por escrito, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo. Esto equivale al 41% de todos los trabajadores subordinados del país. Una nueva iniciativa de la Cámara de Diputados busca acabar con esto y obligar a las empresas a entregar una copia del contrato a sus empleado antes de comenzar con sus actividades.  

Actualmente el artículo 24 de la Ley Federal del Trabajo establece que se deben hacer por lo menos dos ejemplares del contrato y que uno de ellos quede en posesión del trabajador. Sin embargo, no precisa cuándo debe entregarse dicho documento. Lo que permite que muchas personas empiecen a trabajar sin conocer formalmente sus derechos y obligaciones. 

En qué consiste la iniciativa

La propuesta del legislador Juan Ignacio Zavala, de Movimiento Ciudadano, consiste en una añade al artículo 132 de la LFT la fracción I Bis, que establece la obligación explícita de "proporcionar a las personas trabajadoras sus correspondientes contratos individuales de trabajo por escrito, previo al inicio de la prestación de sus servicios". 

El documento menciona que la iniciativa se basa en estándares de la Unión Europea, específicamente en la Directiva 2019/1152 del Parlamento Europeo. Esta legislación exige transparencia y certeza sobre las condiciones laborales desde el inicio de la relación entre los trabajadores y las empresas.

La medida simplemente reordena el tiempo de una obligación que ya existe en la LFT, por lo que no genera nuevas cargas económicas para los patrones. El documento también reconoce que pueden existir casos de contrataciones urgentes, por lo que no fija un plazo para la entrega del documento, solo exige que ocurra antes de que el empleado comience a trabajar.

El documento establece que esta medida también beneficia a los las empresas, puesto que reduce la incidencia de litigios por malentendidos. Según su impulsor, al tener un documento firmado y entregado en tiempo y forma, ambas partes cuentan con un respaldo legal sólido que delimita las expectativas y obligaciones de cada uno. Según Zavala, esto fomenta un entorno laboral mucho más profesional y apegado al marco legal vigente. 

Contrato Trabajo

¿Qué debe contener un contrato de trabajo?

Como especifica el artículo 25 de la LFT, hay cierta información que debe contener un contrato de trabajo para cumplir con la ley son los siguientes:

  • Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, clave única de registro de población, registro federal de contribuyentes y domicilio del trabajador y del patrón.
  • Si la relación de trabajo es para obra o tiempo determinado, por temporada, de capacitación inicial por tiempo indeterminado y en su caso si está sujeta a periodo de prueba.
  • El lugar o lugares donde se prestará el servicio.
  • El servicio que se prestará, mismo que se determinará de la forma más precisa posible.
  • La duración de la jornada.
  • La forma monto del salario.
  • El día y lugar del pago.
  • La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos en la empresa, y
  • Demás condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y otras que convengan a las partes.

Finalmente, el artículo 26 de la LFT señala que la falta de contrato no priva al trabajador de "los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados". Aclara que, en caso de no entregar el contrato a la otra parte, la empresa será imputada por faltar a esta formalidad. 

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