Cambiar el titular del recibo de luz es un trámite muy importante que debes hacer si recientemente has cambiado de domicilio o si lamentablemente el anterior titular ha fallecido. Se trata de un proceso sencillo y gratuito con el que te evitarás muchos problemas en tu servicio de luz.
Es importante recordar que este trámite debe realizarse de manera presencial en cualquier Centro de Atención a Clientes de la Comisión Federal de Electricidad. A continuación te contaremos todo lo que debes saber al respecto.
¿Por qué cambiar el titular del recibo de luz?
Este trámite es más que un capricho burocrático, pues garantiza que la persona responsable de cualquier gestión o pago relacionado con el suministro eléctrico sea la que figure en el recibo. Esto es especialmente útil en los siguientes casos:
- Deslinde de responsabilidades financieras, por ejemplo, si rentas alguna propiedad.
- Validez como comprobante de domicilio al realizar algún trámite.
- Facilidad para aclaraciones y reportes en caso de fallas en el servicio.
- Protección legal, por ejemplo, si alguien intenta de dar de baja tu servicio como media de presión.
¿En qué casos se debe cambiar el titular del recibo de luz?
Algunos de los casos más comúnes en los que se debe realizar este trámite son los siguientes:
- Renta de inmueble
- Cambio por compraventa
- Divorcio o separación
- Fallecimiento del titular anterior
¿Dónde acudir a cambiar el nombre del recibo y qué documentos se necesitan?
Para realizar el cambio de titular en el recibo de la CFE, deberás acudir al Centro de Atención a Clientes más cercano a tu domicilio. Si no sabes cuál es, puedes consultarlo en este enlace. Los documentos que debes presentar son los siguientes:
- Copia del RFC.
- Carta de exposición de motivos dirigida a la CFE.
- Copia de la credencial del INE del titular del contrato de arrendamiento.
- Foto actual con la lectura del medidor a fecha más cercana al día del trámite.
En casos particulares, como arrendamiento o fallecimiento del anterior titular también debes presentar los siguientes documentos:
- Acta de defunción del titular.
- Datos personales del fallecido (sus nombres y apellidos y documento acreditativo de identidad).
- Copia del contrato de compra-venta de la vivienda en propiedad.
- Copia del contrato de arrendamiento del nuevo inquilino.
Este trámite se realiza de forma gratuita; sin embargo. La CFE advierte que no debes tener ningún adeudo al momento de realizar la solicitud.
Imagen de portada | Nano Banana Pro.
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