Yucatán no puede declararse como zona libre de transgénicos: este es el por qué la Suprema Corte rechazó el decreto en México

Yucatán no puede declararse como zona libre de transgénicos: este es el por qué la Suprema Corte rechazó el decreto en México
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Steve Saldaña

Editor Senior

Periodista de tecnología y ciencia. Escribo y analizo la industria de plataformas tech en México y soy fan de la ética tecnológica. También soy miembro de la Red Mexicana de Periodistas de Ciencia. Hago locución comercial, produzco podcast y soy presentador del podcast semanal ROM. LinkedIn

Yucatán ha hecho un pronunciamiento totalmente frontal contra los transgénicos, luego de años de quejas de agricultores sobre el uso de herbicidas y químicos cuya base son los organismos genéticamente modificados. A través de un decreto publicado en 2016, el gobernador de aquel entonces, Rolando Rodrigo Zapata, declaró al estado libre de cultivos agrícolas con organismos genéticamente modificados, aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación le ha detenido con totalidad.

El decreto asegura que organismos genéticamente modificados se han hecho presentes desde el año 2005, como parte de una fase experimental de la cual no hubo anuncio a los agricultores. No solo eso, explica que a partir 2011 herbicidas como glifosato se liberaron en dos polígonos que en total suman poco más de un millón de hectáreas, las cuales se acumulan a las dos, si se considera a los estados de Campeche y Quintana Roo.

A decir de Yucatán, las autorizaciones provinieron de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, contraviniendo opiniones de órganos de consulta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Por ello, y justificándose en su atribución de garantizar a sus habitantes acceder a un ambiente ecológicamente equilibrados, Yucatán ha decidido que su estado debe ser libre de transgénicos.

Bajo el panorama republicano que consiente a las entidades las atribuciones para autodeterminarse en distintos rubros, este no es uno de ellos. La Ley de Bioseguridad y Organismos y Genéticamente Modificados es explícita en cuanto a que solo la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural puede establecer zonas libres de organismos genéticamente modificados.

Dicho de otra forma, Yucatán no tiene el poder legal para vetar a transgénicos de su entidad, aquella decisión solo puede ser tomada desde el orden federal.

El eterno tema de la relación entre el cáncer y el glifosato

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El tema nodal con el decreto de Yucatán es que asegura que estudios confirman la relación entre el glifosato y enfermedades congénitas y cáncer, aunque ni el grupo de investigación de la Organización Mundial de la Salud, después de haber realizado investigaciones en conjunto con la Agencia Internacional del Cáncer (IARC), hace tan categórica afirmación. Sí se ha decidido mantener al glifosato en la categoría de "probable cancerígeno", aunque por ahora continúa sin haber información científica determinante que le vincule como causal para la enfermedad.

En IARC se evalúa de forma sistemática toda la evidencia relevante disponible generada por medios científicos que considera la epidemiología de cáncer. El compendio del glifosato tiene referencias a 269 estudios.

El decreto de Yucatán continúa asegurando que el potencial carcinógeno del glifosato se mezcla con el nitrato en el ambiente, presente en la saliva humana. El resultado, aseguran, es otro químico nitroso cancerígeno.

Mientras las investigaciones avanzan, la Suprema Corte además de revocar el decreto ha exhortado a la Sagarpa para que atienda las solicitudes de comunidades con preocupaciones sobre el asentamiento de organismos genéticamente mopdificados en sus campos.

En realidad Sagarpa debió haber atendido las preocupaciones en su momento, pues entre sus funciones está "realizar el monitoreo de los efectos que pudiera causar la liberación de OGM, permitida o accidental" según se lee en la ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

Cualquier anomalía o sospecha de compromiso de la biosiversidad o de la sanidad animal y/o vegetal, corresponde por completo a la Sagarpa investigar y, en su caso, suspender permisos, siempre y cuando se tenga información científica y técnica que compruebe la presencia de los efectos no deseados.

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